LA POLICÍA MEDIOAMBIENTAL DESDE 1877

¿Qué es un Servicio de Prevención?

El Servicio de Prevención es el conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades de prevención de riesgos laborales en una organización, con el objetivo de garantizar la seguridad y la salud de las personas trabajadoras.

Definición legal:
Según el artículo 31 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL):

“Se entenderá como servicio de prevención el conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivas.”

Funciones del Servicio de Prevención

El Servicio de Prevención tiene como misión principal asesorar y apoyar a la Administración o empresa en materia preventiva.

Según el artículo 31.3 de la LPRL y el Real Decreto 39/1997 (Reglamento de los Servicios de Prevención), sus funciones incluyen:

  • Evaluar los riesgos laborales
  • Elaborar la planificación preventiva
  • Diseñar medidas de seguridad
  • Vigilar la salud de los trabajadores
  • Informar y formar al personal
  • Investigar accidentes de trabajo

Modalidades de organización preventiva

La normativa española establece distintas formas de organizar la actividad preventiva:

  • Servicio de Prevención Propio
    La propia Administración cuenta con técnicos especializados.
  • Servicio de Prevención Ajeno (SPA)
    La prevención se contrata a una entidad externa acreditada.
  • Servicio de Prevención Mancomunado
    Compartido entre varias administraciones u organismos.
  • Designación de trabajadores
    Personal interno con funciones preventivas específicas.

Especialidades preventivas

Para garantizar una protección integral, el Servicio de Prevención debe cubrir las cuatro disciplinas preventivas:

  • Seguridad en el trabajo → evitar accidentes
  • Higiene industrial → agentes químicos, biológicos, contaminantes
  • Ergonomía y psicosociología aplicada → carga física y mental
  • Medicina del trabajo → vigilancia de la salud

Aplicación en Agentes Forestales y Medioambientales

En el caso de los Agentes Forestales y Medioambientales, el Servicio de Prevención debe adaptarse a un entorno de trabajo muy específico:

  • Actividad en el medio natural
  • Intervención en emergencias
  • Exposición a múltiples riesgos simultáneos

Por ello, el servicio debe:

  • Diseñar evaluaciones específicas (incendios, fauna, conducción, etc.)
  • Realizar vigilancia de la salud adaptada (esfuerzo, agentes biológicos)
  • Establecer protocolos operativos reales (no solo teóricos)

Responsabilidad de la Administración

La Administración empleadora es la responsable última de la prevención, aunque delegue funciones en el Servicio de Prevención.

Artículo 14 LPRL:

“El empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio.”

RECUERDA: El Servicio de Prevención es una pieza clave del sistema de prevención de riesgos laborales, ya que proporciona el soporte técnico necesario para identificar riesgos, planificar medidas y proteger la salud de los trabajadores.

En colectivos como el de agentes forestales, su correcta actuación resulta esencial para adaptar la prevención a un entorno operativo complejo y de alto riesgo.