El Grupo Popular ha presentado en el Congreso una enmienda al proyecto de Ley de Montes por el que recupera la definición vigente de Agente Forestal, que había sido modificada en el proyecto de Ley del Gobierno y criticada por los propios Agentes Forestales.
La propuesta del PP recupera la actual definición del Agente Forestal: «Funcionario que ostenta la condición de agente de la autoridad perteneciente a las Administraciones Públicas que, de acuerdo con su propia normativa y con independencia de la denominación corporativa específica, tiene encomendadas, entre otras funciones, las de policía y custodia de los bienes jurídicos de naturaleza forestal y la de policía judicial en sentido genérico tal como establece el apartado 6.º del artículo 283 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal».